Factura electrónica

¿Cómo debo de presentar mi factura?

Con la entrada en vigor de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, y siempre que se encuentre dentro de una de las categorías de proveedores obligados por dicha Ley, a partir de enero de 2015 las facturas que se remitan a las Administraciones Públicas serán electrónicas y se ajustarán al formato estructurado de factura electrónica Facturae, versión 3.2.x, con firma electrónica XAdES de un certificado electrónico reconocido.

Las facturas no afectadas por esta obligación podrán seguir presentándose en papel. En estos casos, también tiene la posibilidad de presentar sus facturas a través del Registro Electrónico General  firmadas electrónicamente en formato PDF.

Según Orden HAP/1074/2014 de 24 de junio se establece la obligatoriedad de disponer de un punto general de entrada de facturas electrónicas en las Comunidades Autonómicas y las Entidades Locales.

Todas las facturas que se remitan al Ayuntamiento de Derio (NIF P4803200G), incluidas las que presente en papel, deberán incluir la siguiente codificación (Códigos DIR3):

Código de entidad

L01489011

Descripción

Ayuntamiento de Derio

Órgano de tramitación

L01489011

Descripción

Ayuntamiento de Derio

Oficina contable

L01489011

Descripción

Ayuntamiento de Derio

Órgano proponente

L01489011

Descripción

Ayuntamiento de Derio

El envío de las facturas electrónicas se puede realizar de 2 maneras:

  1. A través de la página web https://face.gob.es/es
  2. Desde aplicaciones software que incluyan esa funcionalidad:
    • Aplicaciones de terceros. Se recomienda la utilización de ef4ktur (https://www.ef4ktur.com).
    • Los proveedores que deseen utilizar el envío automatizado desde sus propias aplicaciones de gestión deben invocar el endpoint de FACe.
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